sábado, 27 de junio de 2009

Otro análisis sobre las desafortunadas Retenciones Bancarias

Nota extraida de http://www.apertura.com/

Las retenciones en cuentas bancarias por ARBA

Por Santiago A. Saenz Valiente

Utilizar regímenes de retención y/o percepción para el cobro adelantado de impuestos es una práctica generalizada y admisible siempre que estos instrumentos se utilicen con prudencia, no siendo esto lo que sucede hoy con los sujetos titulares de cuentas bancarias con sustento en la Provincia de Buenos Aires.

Existen a la fecha superposiciones varias de cobros a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos. Un contribuyente del impuesto puede sufrir retenciones por el régimen denominado SIRCREB que corresponde por depositar fondos alcanzados por el impuesto en forma directa o encontrarse inscripto en el Convenio Multilateral, en función de su actividad declarada. Por su parte, en caso de encontrarse dentro del Padrón “Lista Negra” el régimen de retención sobre créditos bancarios por DN 14/2009 “Plan anticrisis” aplica desde Abril 2009 una retención sobre el total de los depósitos registrados en la cuenta bancaria, siempre que se trate de una entidad radicada en Provincia de Bs As o posea sucursal en dicha jurisdicción.

En dicha lista se calcula a la fecha que hay más de 3.000.000 de sujetos que obviamente posee serios errores de inclusión, y se sabe que se encuentran en proceso de depuración quedando luego de ello unos 30.000.

Solo quedan excluidos de esta exacción quienes tengan todos sus ingresos obtenidos en la provincia de Buenos Aires exentos, lo que implica que cualquier grababilidad de actividades o montos por ínfimos que fueran producirá la retención sobre el total de los fondos depositados en su cuenta bancaria , ya sea que la misma se encuentra exclusivamente a su nombre o compartida con otros sujetos infectados por el virus fiscal.

Quedan innegablemente excluidos del régimen una serie de conceptos que están o bien exentos o fuera del objeto de este impuesto, entre ellos los importes acreditados por remuneraciones en relación de dependencia, pensiones, seguros de desempleo, transferencias de fondos entre cuentas bancarias de idénticos titulares, operaciones de exportación, acreditaciones por plazo fijo del mismo titular con previa acreditación, acreditaciones por becas, subsidios, y beneficios de los gobiernos, entre otros.

La principal pauta para incluir a un ciudadano en el temible elenco es haber detectado actividad en la Provincia y no conste su inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos. Los parámetros que el fisco observa son entre otros, estar domiciliado en esa jurisdicción, haber facturado a algún cliente sito en ese territorio, comprar bienes allí donde conste la percepción (es decir haber manifestado su condición de inscripto en IVA), o cualquier otro indicio que pudiera implicar tener presencia económica en la Provincia de Buenos Aires.

Esta situación forja retenciones sobre la totalidad de los ingresos depositados en su cuenta bancarias, Cta Cte o Caja de Ahorro, en $ o en U$S , cuya alícuota variará entre el 0,01% y el 5% según la última reforma en función del riesgo fiscal definido por ARBA de acuerdo a su comportamiento.

Ahora bien, el sujeto podría incluir en su cuenta bancaria ingresos generados por su profesión, alquileres de inmuebles, reintegros de gastos, todo ello proveniente de su actividad en Capital Federal. También ante la venta de una propiedad - cualquiera sea su radicación dicho ingreso - está expresamente al margen del impuesto y sin embargo la retención es aplicada produciendo en los hechos una afectación del derecho de propiedad, salvo que la devolución sea inmediata y automática cuestión que en la práctica difícilmente se logra.

El contribuyente podría presentar vía Web un “Reclamo por disconformidad a las retenciones bancarias” mediante el CUIT y la autoridad cuando corresponda excluirá de la nomina a partir del mes siguiente, siempre que surja de la documentación respaldatoria presentada pudiendo también verificar y fiscalizar al contribuyente.

Los importes indebidamente recaudados serán devueltos por las entidades financieras y estas lo compensarán con sus futuras obligaciones del régimen. Para rematar se instaura el “Régimen de Retención sobre cheques” hoy diferida su vigencia, cuando los mismos sean por un importe superior a $ 1.000 con similares exclusiones e inconvenientes a los ya mencionados.

Los porcentuales de retención serán idénticos a los mencionados y el cálculo es sobre el total del monto del cheque, pudiendo desde ya computarse a cuenta del impuesto.

Como vemos parece una desprolijidad haber atacado de esta manera la evasión, sin analizar las consecuencias e injusticias que esta metodología podía traer aparejado. Aquellas personas o sociedades que utilicen cuentas bancarias para movimientos de fondos que no son propios debería detectarse y sancionarse en lugar de generalizar un régimen que acumula importantes criticas y sin sabores en la población afectando en el futuro a la recaudación tributaria general

Lo que nos faltaba ! ! !

Nota extraída de http://www.criticadigital.com/

El gobierno quiere posponer para después de las elecciones el envío de las boletas con aumento.

Primero vote, después pague el gas (... si puede)

Es para los hogares categoría R3 (que consumen más de 1.000 m3 por año) cuyas tarifas vencen entre el 8 y 28 de junio. Se busca no alterar el humor de los votantes. El Enargas lo desmintió. Las distribuidoras guardaron silencio. No hay decisión en firme.

El Gobierno busca que los aumentos en la boleta de gas que autorizó a fin del año pasado no le compliquen las elecciones legislativas de fin de mes. En otro de sus tantos pedidos no escritos, les sugirió a las distribuidoras del sector que no envíen las facturas que vencen entre el 8 y 28 de este mes a los clientes residenciales de más consumo (R3). Son los que pagarán hasta un 400% más que el invierno pasado. El mensajero de la misiva, el ente regulador del gas (Enargas), desmintió la información. Las empresas guardaron estricto silencio, pero dos fuentes presentes en la reunión en la que se pidió el favor confirmaron la intención oficial. Para las distribuidoras es un problema porque algunas de ellas no están en condiciones de atrasar casi un mes el cobro de sus ingresos. Además, otros actores del sistema gasífero (transportadoras de gas y petroleras) también deberían dar su consentimiento a la medida. La decisión sobre qué hacer parece no ser unánime.

“No le conviene a nadie pero nos hicieron el pedido”, dijo un informante.La reunión en el Enargas fue hace unas semanas y varios empresarios no pudieron darle al interventor del ente, Antonio Pronsato, una respuesta en concreto.

El pedido verbal fue hecho a representantes de las distribuidoras con un claro fin electoralista. En los pasillos oficiales se teme que la llegada antes del 28 de una boleta de gas hasta cuatro veces más cara que el año pasado pueda modificar el voto a último momento.

Se pidió retrasar el envío de la desagradable noticia a los usuarios residenciales categoría R3. En Capital Federal y alrededores, entran en este segmento aquellos que consumen más de 1.000 metros cúbicos por año. En el centro y sur del país, esta categoría se modifica según la intensidad del frío de la región.

Sobre ellos recaerá el mayor peso de los tres ajustes autorizados por el Gobierno entre septiembre y noviembre del año pasado. Uno del 30% en el Valor Agregado de Distribución –es el que va a las cajas de las distribuidoras como Metrogas o Gas Ban– y otros dos variables según el consumo por un aumento en el precio que cobran las petroleras por el gas en boca de pozo y otro por un cargo tarifario nuevo que financiará las importaciones de gas licuado y de gas boliviano.

Para las distribuidoras es un problema de varias aristas. La boleta de gas incluye los ingresos también para las transportistas de gas y para los productores. La opción de aplazar 20 días el cobro debería implicar el acuerdo de los otros actores del sector. Por otra parte, el alto consumo de metros cúbicos de los R3 implica aproximadamente el 60 por ciento de la recaudación del segmento hogareño de consumidores.

Consultado el Enargas, el vocero del organismo desmintió la información. “No hubo tal reunión ni ese pedido”, dijo el funcionario. Las distribuidoras consultadas prefirieron el silencio para no ganarse un reto del Gobierno. La decisión sobre qué hacer, al parecer, todavía no fue tomada. Si bien los informantes dieron por hecho que se cumplirá el pedido del Enargas, el estado financiero de las empresas no es parejo. De hacerse realidad el deseo oficial, ante el reclamo de algún usuario atento a sus vencimientos, la instrucción habría sido la de acusar un problema de sistemas para justificar el retraso del envío de la boleta pero sin penalidad alguna sobre el cliente.

La tarifa de gas fue incrementada en septiembre del año pasado para todos los usuarios residenciales que consumen más de 800 metros cúbicos tras casi nueve años de congelamiento.

"Eramos pocos y nació el padrón", nota en el diario El Día

ENFOQUES TRIBUTARIOS

Eramos pocos y nació el padrón

Comienza a ser una costumbre que este espacio se dedique a analizar críticamente las medidas adoptadas por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. Y no es por carencia de otros temas tributarios que puedan ser de interés, sino porque día a día la administración fiscal bonaerense sorprende a todos con sus novedosas prácticas.

Nuevamente hay que centrarse en los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que el Fisco provincial ha establecido para las acreditaciones en cuentas bancarias.

La Resolución Normativa n° 14/09, pomposamente denominada "Plan Anticrisis", además de crear un régimen de retención aplicable al cobro de cheques por ventanilla -cuya entrada en vigencia ha quedado postergada hasta el 1° de julio- y de realizar modificaciones al régimen de retención sobre los créditos bancarios, entre otras disposiciones, introduce un cambio casi imperceptible, pero no por ello poco importante.

Para quienes no lo sabían, existe otro régimen aplicable a los créditos bancarios "adecuado al SIRCREB". Este se aplica a los contribuyentes del Convenio Multilateral -aquellos que desarrollan su actividad en más de una provincia-, y cuyo objetivo es que las retenciones en las cuentas bancarias puedan ser repartidas como pago a cuenta de cada una de las provincias en las que tengan actividad. Es, más que nada, un mecanismo de reparto de los pagos a cuenta, ya que los bancos no practican la retención discriminando entre cada provincia involucrada; sólo realizan un débito global por todas ellas, y es el sistema SIRCREB quien lo asigna entre las jurisdicciones.

Claro, así funcionaba hasta antes de la R.N. 14/09. Ahora, y aquí el sutil cambio, también se aplica este régimen a "quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes directos del impuesto", es decir, a quienes no son contribuyentes del Convenio Multilateral. Primera sorpresa.

Que quede claro: los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos están sujetos a dos regímenes de retención: el general y el que antes era sólo para quienes estaban inscriptos en el Convenio Multilateral, por ello aparecen dos débitos en las cuentas bancarias referidos a retenciones provinciales.

¿Y cuál es el porcentaje aplicable? Va del 0,01% al 5,00% según la letra que le toque en suerte al contribuyente, de la A a la Z. ¿Y qué letra debe tocarle? Resulta esperanzador suponer que existe alguna normativa interna del Fisco que reglamente la asignación letrística, y mucho mejor sería que fuera publicada en el Boletín Oficial para que todos pudieran conocerla. En tanto, sólo cabe afirmar que la asignación -y la alícuota correspondiente- la realiza la Autoridad de Aplicación en forma absolutamente contraria al buen obrar administrativo, es decir, de modo discrecional.

Y junto con este asombroso esquema aparece el hijo oculto: el padrón de sujetos pasibles de retenciones bancarias, basado en un sistema de monitoreo de movimientos bancarios (por lo menos, eso es lo que informa ARBA). Y naturalmente hay que preguntar cuál es el premio por resultar incluido en el padrón: sufrir las retenciones del régimen aplicable antes a los contribuyentes del Convenio Multilateral, hoy generalizado.

En resumen: ARBA, fundándose en la crisis y en la adecuada, eficaz y eficiente recaudación de la renta pública, le practica una retención (pensada originalmente para los contribuyentes del Convenio Multilateral) a aquellos sujetos que no están inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos -jubilados, empleados, etc.- que poseen cuentas bancarias abiertas a su nombre, por el mero hecho de estar en un padrón confeccionado por la ARBA en forma arbitraria y sin tener posibilidad de plantear ningún tipo de defensa.

El final de la historia es que pagarán el tributo, a través de la vía de estas retenciones ilegales, aquellas personas que ni siquiera tienen obligación de inscribirse como contribuyentes. El padrón es el que nos conduce a este país de las maravillas.Lucen apropiadas las palabras de Juan Bautista Alberdi: "No hay garantía de la Constitución, no hay uno de sus propósitos de progreso que no puedan ser atacados por la contribución. En la formación del Tesoro (N.A. a través de la recaudación de impuestos) puede ser saqueado el país, desconocida la propiedad privada y hollada la seguridad personal".

Lamentablemente, y quizás por ser tucumano, sus claras ideas no se aplican en la Provincia de Buenos Aires.

Sebastián W. J. Vázquez (Especialista en Derecho Tributario) mailto:sebastianwjvazquez@speedy.com.ar?subject=referencia - Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales - http://www.abef.org.ar/ - mailto:abef@abef.org.ar?subject=referencia.

Nota en Ámbito Financiero del 19/05/2009

Por: Silvia Peco

Más damnificados por retenciones irregulares

Cuando se privatizaron las empresas de servicios públicos, tras algunos años de experiencias poco felices, los entes reguladores se vieron obligados a emitir una reglamentación específica en caso de falta de pago: sólo se puede cortar el servicio después de haber una comunicación fehaciente al usuario, anticipándole que, de no regularizar su situación en determinada cantidad de días, sufriría la interrupción del suministro.

En el afán por obtener ingresos fiscales, la provincia de Buenos Aires, empezando por la Legislatura que aprobó la polémica ley de Santiago Montoya, rompió con todas las normas previstas para inmiscuirse en las cuentas bancarias de unos 10 millones de habitantes de la provincia y retener, sin previo aviso, una comisión sobre movimientos en cuentas bancarias. Para el Gobierno de Daniel Scioli, aun después de la salida de Montoya por motivos políticos, entre 8 y 10 millones de habitantes de la provincia son presuntos evasores del impuesto a los Ingresos Brutos, y con ese argumento se aplica una retención sobre cualquier tipo de ingresos a la cuenta: desde la bonificación de un supermercado, hasta una cuota de alimentos, el reintegro de una obra social, e ingresos percibidos por una actividad que se desarrolla en Capital Federal.

El reclamo tiene una sola vía para poder realizarse: el sitio de internet de Arba. Pero ya surgen los contadores que se ofrecen, por un arancel, a realizar una presentación ante Arba, manifestando que no corresponde el cobro de ingresos brutos. No obstante, los damnificados no están incluidos por evasión a Ingresos Brutos, porque la mayoría nunca estuvo empadronado, sino por «movimientos bancarios discordantes», por lo cual una cuota de alimentos llegará a tener en extremo la misma penalización que el lavado de dinero por comercialización de estupefacientes.

Fallo

En esas condiciones, para que la cuota de alimentos esté excluida habría que presentar el fallo de la Justicia que fijó un monto que con los años ya no es igual.

Se trata de que los afectados demuestren, sin que todavía se sepa cómo, que son «inocentes», no evasores del impuesto a los Ingresos Brutos.

El Gobierno de Scioli, luego de la salida de Montoya, sólo eliminó el cobro de la retención a los cheques cobrados por ventanilla. Todo lo demás sigue igual, mientras el público se va enterando de a poco que tiene retenciones de Arba por centavos o sumas más significativas, equivalentes a 0,5% de cada ingreso de dinero en la cuenta bancaria.

Otro detalle no menos curioso es que para esta exacción, se calcula la mayor tasa vigente para el impuesto a los Ingresos Brutos. La medida, que no fue publicada en diarios de alcance nacional para que fuera conocida, debió ser anticipada mediante citaciones para que el ciudadano pudiera demostrar o no su obligación de tributar Ingresos Brutos. De eso no hubo nada. Tampoco de parar la aplicación de la ley. En Arba afirman que están depurando los padrones y mientras tanto siguen violando la propiedad de los habitantes de la provincia.

Una muy interesante reflexión del por qué de las Retenciones Bancarias

Nota extraída de: http://www.hectortrillo.com.ar/
Segunda Opinión

ARBA Y DANIEL SCIOLI: RETENER POR LAS DUDAS

TRANSCRIBIMOS:
Artículo 463 – La recaudación sobre los créditos bancarios se hará efectiva con relación a las cuentas abiertas a nombre de uno o varios titulares, sean personas físicas o jurídicas, siempre que cualquiera de ellos o todos revistan o asuman el carácter de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos o de contribuyentes de alto interés fiscal. En todos los casos, el régimen previsto en la presente parte resultará aplicable únicamente con relación a aquellos contribuyentes que figuren en la nómina mensual que a ese efecto será puesta a disposición de los agentes de recaudación en la página web de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (www.arba.gov.ar), con una antelación de tres días hábiles al inicio de cada mes calendario.Artículo 465 – Los agentes deberán recaudar el impuesto de los contribuyentes incluidos en la nómina mencionada en el art. 463, hasta tanto éstos no demuestren estar comprendidos en alguno de los siguientes supuestos:
a) Sujetos exentos por la totalidad de las actividades que desarrollen.
b) Los que revistan, exclusivamente, la condición de expendedores al público de combustibles líquidos, comprendidos en los arts. 349 y ss. de la presente disposición.
c) Contribuyentes que desarrollen, exclusivamente, las actividades comprendidas en los arts. 165, incs. b), c) y d); 166; 167; 169, primer párrafo, del Código Fiscal.
d) Sujetos que desarrollen, exclusivamente, actividades no alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos.

Tratándose de contribuyentes que desarrollen más de una actividad, deberá efectuarse la recaudación del tributo si cualquiera de ellas resulta alcanzada por el impuesto sobre los ingresos brutos y por el presente régimen de retención”.

Esta transcripción corresponde a dos artículos de la denominada Resolución Normativa B 1/04 modificada a su vez por otra Resolución Normativa, la 120/08 de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires. Antes Dirección Provincial de Rentas, ahora A.R.B.A. Publicada el 9 de diciembre pasado en el Boletín Oficial de la Provincia.

Estamos acostumbrados todos los argentinos a la anomia, al abuso de poder, a las violaciones sistemáticas del Estado de Derecho perpetradas todos los días por autoridades nacionales, provinciales, municipales y por todo aquel que sienta que algún derecho no le ha sido reconocido y obra por su propia cuenta en lo que se conoce como justicia por mano propia. Pero sinceramente no creímos nunca que la cosa podría llegar a tanto.Los artículos transcriptos revierten la carga de la prueba y convierten en contribuyentes a quienes no lo son, hasta que ellos demuestren lo contrario. Así de sencillo y patético.

La A.R.B.A. confeccionará todos los meses, sobre la base de los datos con los que dice contar, un listado o padrón en su sitio web, que los bancos deben consultar, y luego éstos últimos (siempre terminan siendo los malos de la película) retendrán el impuesto que la A.R.B.A. diga. Y si hubiere algo que reclamar, el afectado podrá reclamar por Internet, y luego esperar hasta que el todopoderoso Ente, decida.

Esta es la forma que aplica el gobernador Daniel Scioli para recaudar dinero. No Montoya, como suele decirse. Montoya es a la provincia lo que Guillermo Moreno es al gobierno central: un empleado a sueldo puesto por los gobernantes elegidos por la gente.

Es la gente la que debe luchar para terminar con esto. Porque de lo contrario seguirá avanzando esta verdadera rapiña institucional.

Ahora también lo hicieron, y lo comentamos días pasados, respecto de los cheques a cobrar en ventanilla. Allí también habrá un listado que indicará quiénes son sospechosos y deberán pagar a cuenta por las dudas.

La desesperación por obtener fondos para continuar con la supuesta fiesta redistributiva no reconoce límites. Y esta gente que gobierna no los reconocerá jamás. Y la intervención de la justicia dudamos mucho que termine retrotrayendo la situación. Y si lo hiciere, el daño igualmente estaría hecho.

Sabemos cómo suenan las palabras que transcribimos. Pero una gran cantidad de profesionales que actúan en la Ciudad de Buenos Aires (por ejemplo) viene reclamando por ser víctimas de esta clase de abusos una y otra vez, y cada vez con mayor profundidad, si se nos permite la expresión. Y no solamente profesionales, tenemos el caso incluso de jubilados, que jamás tuvieron nada que ver con algún ingreso en la provincia, y mucho menos en la actualidad, cuando sólo perciben su jubilación.

Hay una vía de reclamo por Internet, y se supone que la A.R.B.A. responderá. La respuesta puede ser que el supuesto sujeto del impuesto concurra a la delegación que le corresponde por su domicilio con una maraña de papeles, comprobantes y justificativos varios para que una señorita Gasalla los atienda como sabe, como puede o como quiere en el tiempo que sea necesario y las veces que se le ocurra.

Lo más indignante es la evidente actitud rapiñera de un gobierno improvisado y falaz. No cabe duda alguna que lo único que está intentando el gobernador Scioli y su séquito es mejorar las cuentas fiscales a como dé lugar, dado que el gasto sigue creciendo y los números no cierran por ningún lado.

A la evidente falta de cordura que significa hacer pagar un impuesto por las dudas para luego obligar a una sucesión de trámites a cargo del supuesto contribuyente para lograr ser excluido de la lista negra, se agrega el hecho de que la devolución si se produce no reconocerá interés alguno. Es decir que el gobierno provincial simplemente jinetea los fondos de gente indefensa, y sin aviso previo.

Porque ésta es la otra pastilla del paquete. Todos los habitantes de la provincia deben haber recibido en el último año, por tomar una fecha, no menos de una veintena de cartas y avisos varios del órgano recaudador de la provincia, con la firma incluso del administrador Sr. Montoya. Tales notas en general son por reclamos de cuotas impagas, o por publicidad respecto de las interminables moratorias que año tras año, mes tras mes, y día tras día, anuncia el gobierno provincial. A veces se trata de avisos sobre innovaciones o cambios de procedimiento. Los motivos son tantos que cuesta recordarlos a todos.

Pero ningún contribuyente ha recibido nunca, que sepamos, algún tipo de aviso o comunicación, incluso telefónica o por correo electrónico, en el que se le avise que de acuerdo con los datos (que deberían figurar en detalle adjunto) que maneja A.R.B.A. será incluido próximamente en el listado que lo convierte en pasible de retenciones del tributo sobre los ingresos brutos. Esto prueba, de manera indubitable, el evidente afán recaudatorio con que se actúa. Y decimos esto por si hubiera algún distraído que todavía tiene dudas al respecto.

Porque no hay ninguna razón para que se afecte el patrimonio de cualquier persona si no se la notifica antes de las presunciones que tiene el fisco sobre ella. Excepto cazar giles, si se nos permite.

Porque, claro, una notificación en tal sentido implicaría demostrar que A.R.B.A. tiene efectivamente datos que indicarían que tal persona es un potencial evasor (¿qué otra calificación le cabe?). Y esos datos hay que tenerlos. Si efectivamente el organismo recaudador los tuviera, no se entiende por qué no habría de suministrarlos, incluso para facilitar la respuesta del afectado. Es más, incluso para que éste último sepa cuál es su situación ante el fisco. Porque la experiencia muestra que a veces aparecen obligados al pago del impuesto sobre los ingresos brutos que ni siquiera saben que lo son. La conclusión es obvia de toda obviedad.

El comportamiento del fisco, que es el comportamiento de la gobernación provincial en definitiva, es, como decimos indignante. No sólo es manifiestamente ilegítimo y contrario a derecho. Es un comportamiento que linda con la deshonestidad y también con la mala fe. NI siquiera cabe interpretarlo de otro modo. Una persona de bien, cuando obra, sabe si lo hace de buena fe.

A todos nosotros nos ha pasado que en resúmenes bancarios o de tarjetas de crédito aparecen débitos con un numerito y una sigla indescifrable que da lugar a un débito absolutamente desconocido. Muchos reclaman, otros no lo hacen. Y todo suma. Así de simple.

Si a un millón de personas con cuentas bancarias (de ahorro o corrientes, agregamos), se les retiene un promedio de, digamos, 20 pesos por mes, tenemos aquí un lindo numerito logrado con este vil procedimiento. Y así mejora la recaudación y la imagen de eficiencia del señor recaudador.

Hemos leído sesudos comentarios sobre que afecta a la denominada bancarización, lo cual es cierto, claro. Pero darle la principal importancia a la bancarización y dejar de lado el abuso de poder que significa es cuando menos cándido. O un acto de complicidad inimaginable.

Que los bancos reciben menos depósitos de los que recibirían si la economía argentina fuera previsible y si no existieran gravámenes como el popularmente conocido como impuesto al cheque, seguramente habría muchísimo más movimiento bancario. Incluso por el riesgo que supone llevar dinero en efectivo en el bolsillo o guardarlo en casa.

Pero cuando de manera evidente se violan los derechos de las gentes a vivir dignamente, y disponer de su propiedad y de su tiempo, y tales actos resultan absolutamente impunes, estamos en el horno.

Y lo más grave es que este tipo de cosas suelen ser rápidamente copiadas por otros gobiernos tan o más rapiñeros que el provincial que nos ocupa.

Imaginemos la situación: un grupo de funcionarios obtienen los datos de los residentes en la provincia. Sus bienes registrables, los movimientos bancarios y de tarjetas de crédito (el secreto bancario hace rato que fue enterrado en la Argentina) y deciden: éste sí, éste no. Arman la lista negra, la cargan en el sistema y ¡bingo!. A cobrar.

Es sencillamente inconcebible. Cabe esperar las reacciones de los afectados, porque no podemos esperarlas de los funcionarios, legisladores o fiscales. Acá hace falta que la gente se harte y salga a la calle. Ahí entienden los políticos.

Es que estamos en el país de la anomia y el abuso de poder. Y solamente se reacciona, parece, cuando aparecen las llamadas puebladas o los piquetes. Una triste realidad la que nos toca vivir.

Mientras tanto, el organismo recaudador, el gobernador y toda la entente de la gobernación, suman algunos dinerillos a sus maltrechas arcas. Tal vez un próximo gobierno arreglará las cosas, pero ese será su problema.

HÉCTOR BLAS TRILLO Buenos Aires, 17 de abril

De 2 millones de posibles sujetos retenidos, sólo 11.000 se avivaron ...

Video extraído de : http://www.ieco.clarin.com/

Ahora lo podés ver y escuchar !!!

La Provincia devolverá los impuestos indebidamente retenidos, pero sólo a los que hayan reclamado... y andá a saber cuántos cientos de miles de damnificados más hay que todavía no han advertido el robo de ARBA... Esa platita seguro que va para la campaña !!!



video

Marcelo Cantón, redacción Clarín.

O sea... que reconocen la gran cagada que se mandaron...

Nota extraída de www.cronista.com
TENDRÁ QUE DEVOLVER IMPUESTO A MILES DE CONTRIBUYENTES

Scioli da marcha atrás con retenciones bancarias

Antes de irse, Montoya impuso retenciones bancarias a millones de bonaerenses. Ahora darán marcha atrás en casos de acreditaciones en cuentas sueldo o por devolución de IVA

DOLORES OLVEIRA

Las polémicas medidas del ex titular de ARBA, Santiago Montoya, siguen dando dolores de cabeza a las autoridades, que ahora tendrán que devolver masivamente retenciones de Ingresos Brutos efectuadas en cuentas bancarias.

Reconocieron en ARBA que la generalización de retenciones sobre acreditaciones bancarias llevó a excesos como haber alcanzado cuentas sueldos sin otros usos, devoluciones de IVA por compras con tarjeta de débito o reintegros de las obras sociales por prestaciones médicas, entre otros casos.

A raíz de las quejas, se depuró el padrón y desde el 1 de junio se dejarán de retener en todos esos casos, y al mismo tiempo se lanzarían las devoluciones.

Pocos días antes de irse, Montoya puso en vigencia un paquete de 31 medidas a las que denominó torniquete fiscal. Entre ellas, la ampliación del sistema de retenciones bancarias, para incluir un padrón de 2 millones de personas de las que sospechaba que tienen actividad económica gravada en la provincia, y no declarada.

De este modo, Montoya incluyó ciudadanos bonaerenses en el padrón de retenciones sobre acreditaciones bancarias por su DNI y con el sólo requisito de tener domicilio en la provincia.También creo un Sistema Automático de Monitoreo en Movimientos Bancarios por “movimientos discordantes”, mayores a $ 1.000 mensuales.

La alícuota inicial de la retención es de 0,5%, pero si después de seis meses y tres intimaciones a todos los domicilios, la persona no se presenta llega hasta el 5%.Ahora, el titular de ARBA, Rafael Perelmiter, ordenó una depuración del padrón de millones de supuestos contribuyentes de Ingresos Brutos a los que se les practican retenciones, y se quedó sólo con unos 28.800 empresas y particulares que no podrían demostrar que esos “movimientos discordantes” no esconden evasión tributaria. Esos contribuyentes moverían $ 1.550 millones mensuales.

Entre los 28.800 contribuyentes de alto interés fiscal hubo 4.000 que realizaron movimientos por $ 1.000 millones; y dentro de ese universo unos 100 ciudadanos que efectuaron múltiples operaciones bancarias que totalizan más de $ 1 millón cada una a lo largo del período, informó ARBA.

Montoya afirmó que el sistema Arbanet devolvería dentro del mes las retenciones que se hubieran realizado por error del fisco, del banco o por tratarse de un ingreso superior a $ 1.000 por una actividad no habitual, como la compraventa de autos o inmuebles. Pero la realidad superó las previsiones y, además, la propia norma pide que después de ingresar a la página de Internet del fisco bonaerense, se presente toda la documentación pertinente, lo que alarga el trámite.

Desde que asumió, Perelmiter ya tuvo que suspender hasta el 1 de julio la aplicación del sistema de retención sobre cheques cobrados en ventanilla, el que sería reemplazado por un régimen informativo a cargo de los bancos.

También postergó la entrada en vigencia de un régimen de información sobre movimientos de divisas para las casas de cambio.

Interesante análisis sobre las retenciones de "Arbachorra"

Nota extraída de http://www.mercadofiscal.com/
POR HECTOR BLAS TRILLO

El inadmisible proceder de ARBA

En nuestro trabajo diario recibimos continuamente consultas y quejas de nuestros clientes ante la forma de proceder de ARBA que no parece tener límites. Los motivos por los que dicho organismo retiene son diversos y en muchos casos absolutamente inexplicables.
Por ejemplo si una persona tiene domicilio fiscal en la A.F.I.P. en la provincia, inscripta incluso como monotributista, pero actúa en la Ciudad de Buenos Aires, ARBA le retiene nada menos que el 3% sobre cualquier acreditación , incluso de bonificaciones que la persona recibe por compras en supermercados. (Recordamos que la categoría mínima del Monotributo es la que corresponde a un ingreso anual de $ 12.000, o sea $ 1.000 por mes. Es decir, bastante menos que el salario mínimo vital y móvil fijado por el gobierno, que es de $ 1.260.-)
En otros casos, las causas obedecen a oscuras explicaciones tales como la existencia de movimientos bancarios discordantes.
La manera de operar es definitivamente indignante y sólo lleva a la gente a cerrar sus cuentas o evitar las operaciones bancarias.
Creemos que en general el tema es conocido por lo que no hace falta abundar más. Pero sí es interesante enviar a nuestros clientes y allegados, algunas de las explicaciones que suministra el organismo ante los reclamos vía web (que es la única forma de reclamar que se admite). Veamos:
Mediante el presente le comunico que ha sido incluido en el padrón de sujetos pasibles de retenciones bancarias por estar alcanzado por el Sistema de Monitoreo de Movimientos Bancarios Discordantes. El mismo implica la aplicación de una alícuota de retención mínima (0.50 %) sobre los movimientos.
Tal medida se aplicará por un tiempo limitado, no pudiendo ser excluido, luego del cual habiendo verificado que los movimientos de fondos resulten acordes a su situación, los montos retenidos se devolverán/acreditrarán de manera automática. Asimismo se deja constancia que las retenciones no se efectúan sobre la acreditación de haberes.
La afirmación de que la medida se aplicará por tiempo limitado es una especie de placebo que se le entrega a la víctima para que de algún modo se tranquilice y permita que le sigan robando. Porque hasta el momento de escribir estas líneas no conocemos ningún caso en el que haya dejado de retenerse dinero sin motivo, pese a los reiterados reclamos efectuados. Por lo demás ¿qué significa un tiempo limitado?, porque no hay plazos.
Ahora veamos una observación de una colega nuestra:
"Hoy hablé a ARBA por un reclamo de retenciones indebidas, ya lo había presentado por internet, el contribuyente había recibido una respuesta automática que en nada contemplaba su situación y me dijeron que podía escribir a la dirección que les detallo exponiendo todos los argumentos e incluso mandando escaneados los resúmenes bancarios donde se habían efectuado las retenciones.
¿Por qué razón la víctima en este caso tiene que enviar sus resúmenes bancarios si se supone que los datos ya los tiene ARBA y por eso le retiene? Nadie tiene obligación de suministrar información a un organismo a menos que ésta le sea requerida por una notificación escrita y guardando las formalidades legales.
Los socios del estudio donde trabajo, no tienen absolutamente nada en la provincia de Buenos aires y le retienen igual.
Un par de compañeros míos, trabajadores en relación de dependencia, tampoco tienen nada en Bs. As y les retienen igual. Quieren hacer el reclamo por la página de ARBA y dice que no tienen retenciones por reclamar. Están atados de pies y manos.Yo les indique que vayan a rentas prov. de Bs. As y pataleen hasta que alguien les de una respuesta, lease gritos, golpes en el escritorio, descomponerse de los nervios y mucho más."Este es otro comentario recibido en un foro profesional en el que participamos.
Veamos ahora otra respuesta de ARBA muy jugosa en este caso:
Estimado Contribuyente:Tengo el agrado de dirigirme a Usted a fin de responder a vuestra consulta comunicandole que ha sido incluído en el padrón de sujetos pasibles de retenciones bancarias por estar alcanzado por el Sistema de Monitoreo de Movimientos Bancarios, que comprenden movimientos diferentes a su situacion laboral e impositiva. El mismo significa la aplicacin de una alicuota de retencion minima para dichos movimientos de fondos al responsible de la cuenta , conforme RN 14/09 y en el caso que las acreditaciones resulten acordes a su situacion , los montos se devolveran o acreditaran de manera automatica, al mes siguiente de resuelto el reclamo. Desde ya se anticipa que los movimientos no alcanzados por exclusin u otros motivos no seran tenidos en cuenta, y que si los movimientos son logicos y dentro del marco de sus actividades , se devolveran conforme a lo señalado. Asimismo, sírvase remitirnos Vía Fax 4482-4583 la documentación que detallo a continuación para analizar su caso: EXTRACTOS BANCARIOS NOTA DE DESCARGO JUSTIFICANDO LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS RECIBOS DE HABERES 8211; TRES (3) ULTIMOS.Es de mencionar que la documentación requerida deberá registrar N° DE TICKETS XXX; N° DE RECLAMO XXXX; NOMBRE DEL AGENTE QUE LE FUERA ASIGNADO EL RECLAMO.
Se informa por este medio que de no recibir respuesta, su reclamo será cerrado al cumplirse diez (10) días de envíado el presente, no obstante lo expuesto podrá Ud., generar un nuevo reclamo.-Transcribimos el texto tal cual lo envía A.R.B.A., es decir con errores de ortografía, tipeo y redacción incluidos.
En este caso también se le pide a la víctima que acerque todo tipo de información, incluyendo una NOTA DE DESCARGO JUSTIFICANDO LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS y....LOS RECIBOS DE HABERES. Lo más llamativo sin embargo ni siquiera es esto, sino el comentario sobre que si los movimientos (bancarios) son lógicos y dentro del marco de sus actividades, se devolverán (los fondos retenidos).
¿Quién, cómo y con qué pruebas determinará si los movimientos bancarios son lógicos? ¿Qué cosa es que no lo sean? Y si no son lógicos, ¿para qué se pide documentación de manera espuria y contraria a derecho? Estamos en un país donde hasta las llamadas candidaturas testimoniales son legales. Acá todo es posible.
Profesionalmente sólo parece quedar la vía de un recurso de amparo ante al abuso de autoridad que significa apropiarse de fondos de manera indebida o solicitar información personal por métodos improcedentes.
Desde un punto de vista práctico, en esta Argentina del piquete, lo más aconsejable es reclamar mediante notas, cartas a los diarios, llamados a las radios, cámaras de televisión y similares. Toda protesta es poca, ya que esta gente no parece tener escrúpulos ni respetar ningún límite de legalidad. Y encima están ávidos de dinero para no tener que emitir las llamadas cuasi monedas.
Hay que tener en cuenta que el paso siguiente será que se retenga dinero ante la presentación de cheques en ventanilla, medida que ha sido postergada hasta después de las elecciones por razones obvias. Es decir que la situación no sólo es patéticamente mafiosa, sino que tiende a empeorar.

Ahora dicen que la culpa fue de Montoya y de los bancos...

Nota extraída de http://www.diariohoy.net/
Depuran el padrón y lo restituirán desde el 1° de junio

ARBA devolverá dinero de retenciones bancarias indebidas

El ente recaudador ya recibió 11 mil reclamos de contribuyentes a los que se les habría retenido indebidamente Ingresos Brutos de cuentas bancarias como la del sueldo. Reconocen descuentos mal efectuados. Dicen que desde el 1° de junio devolverán montos debitados erróneamente.

Miles de contribuyentes bonaerenses sufrieron desde el 1° de abril pasado descuentos indebidos del impuesto a los Ingresos Brutos de sus depósitos bancarios, incluyendo las cuentas sueldo. El error fue reconocido por la Agencia de Recaudación Buenos Aires (ARBA) que afirmó que ya recibió 11 mil reclamos.

Fuentes del ente recaudatorio, que conduce Rafael Perelmiter, indicaron que ahora se trabaja en la depuración de los padrones para no incurrir en nuevas equivocaciones, al tiempo que adelantaron que a partir del 1° de junio próximo comenzará la devolución de lo descontado indebidamente.

ARBA se vio obligada a rever el mecanismo de débito de Ingresos Brutos a partir de una avalancha de quejas de contribuyentes que saturaron el portal de internet habilitado para tal efecto (http://www.arba.gov.ar/) e incluso se presentaron masivamente en las delegaciones de la ex Rentas. Los reclamos van desde descuentos indebidos en las cuentas sueldo, hasta sobre depósitos de cualquier monto, pasando por transferencias entre cuentas sueldo y otras de un mismo titular, como también sobre dinero depositado para pagar cuotas de préstamos.

Frente a estos planteos, fuentes de ARBA indicaron a Hoy que “en muchos casos se trata de retenciones mal aplicadas”, y aseguraron que se está trabajando en una depuración del padrón de personas sujetas a estos descuentos para evitar futuros errores. “Además, todos los descuentos serán devueltos oportunamente a partir de comienzos del mes próximo”, acotaron las fuentes del organismo oficial de la Provincia.

La principal queja de los usuarios bancarios es que los débitos de Ingresos Brutos se realizan sobre cualquier cifra, incluyendo montos de $ 300. En ARBA se aclaró que esa operación sólo puede efectuarse sobre depósitos de $ 1.000 en adelante.

Millones de damnificados

En el Ejecutivo bonaerense hablan de 400 mil afectados por los descuentos indebidos, pero en realidad serían varios millones. Esta medida había sido lanzada por el ex recaudador Santiago Montoya antes de que el gobernador Daniel Scioli lo desplazara de su cargo por cuestionar al kirchnerismo.

En el entorno de Perelmiter ahora cargan las tintas sobre la anterior gestión de Montoya responsabilizándolo por haber utilizado un padrón tentativo en vez de depurarlo antes de iniciar el cobro automático del principal impuesto bonaerense. También culpan a los bancos por su aparente escasa predisposición.

Mientras tanto, docentes, estatales, trabajadores hospitalarios, judiciales y pasivos, entre millones de bonaerenses, reciben descuentos en su cuenta sueldo o sufren quitas por el pago de Ingresos Brutos al realizar operaciones tan simples como la bonificación de un supermercado, una cuota de alimentos, el reintegro de una obra social e ingresos percibidos por actividades fuera de la Provincia.

Las autoridades tributarias reconocen el error, pero aducen que merced al nuevo sistema se está logrando detectar a una gran cantidad de evasores que realizaban movimientos bancarios sin estar inscriptos en ningún lado.

Parece que le ganamos la pulseada a Arba

La agencia retuvo ingresos brutos indebidamente

ARBA devuelve la plata

Anoche, los funcionarios bonaerenses calculaban el monto por reintegrar. Sería desde el 1 de junio. Adjudican a un error del ex recaudador Santiago Montoya.

Por Martina Latasa (nota extraída de criticadigital.com)

En los próximos días la ARBA les devolverá a los contribuyentes el cobro indebido de retenciones por Ingresos Brutos. Frente a los masivos reclamos por parte de los damnificados, la agencia revisó sus cuentas y reconoció que había gravado a personas que no debían pagar el impuesto. Al cierre de esta edición, los funcionarios de la oficina recaudadora se encontraban reunidos analizando cuál fue la dimensión del error y el monto total por reintegrar. Fuentes del organismo le confirmaron a este diario que, en todos los casos que corresponda, el dinero será retribuido. Las devoluciones empezarían el 1 de junio.

Los contribuyentes bonaerenses se encontraron el último mes con una sorpresa en sus cuentas bancarias. En el detalle del resumen figuraba una retención por Ingresos Brutos por parte de la ARBA, aplicada incluso a depósitos como la devolución de IVA por una compra o a promociones que brindan los bancos, que de ningún modo deberían ser gravadas.

A partir del “plan anticrisis” lanzado por el ex recaudador Santiago Montoya, la ARBA tuvo acceso a las cuentas bancarias de entre 8 y 10 millones de bonaerenses con el fin de fiscalizar los movimientos y detectar evasión impositiva.

La agencia recaudadora elaboró una lista de potenciales contribuyentes de Ingresos Brutos y por una confusión les aplicó el impuesto a los depósitos realizados en la cuentas bancarias de todos los integrantes de esa lista. Aun sin estar inscriptos como contribuyentes de aquel impuesto, a miles de bonaerenses se les retuvo una monto promedio al 3% de algunas transacciones bancarias.

Algunos damnificados presentaron su reclamo por internet, la única vía que ofrece el organismo y otros optaron directamente por acciones legales. En las próximas horas funcionarios de la ARBA darán a conocer la fecha y el monto que será devuelto.

Crecen reclamos por retenciones de Arba sobre depósitos bancarios

Nota extraída de: www.eldia.com.ar

Descuentos sobre depósitos en cuentas-sueldos; sobre transferencias entre cuentas-sueldos y otras de un mismo titular; sobre dinero depositado para pagar cuotas de préstamos; y, en especial, sobre depósitos de cualquier monto, aún los más reducidos, que denotarían que no se aplica ningún piso para efectuar esos descuentos. Estos son los reclamos más extendidos que está generando el sistema de retenciones, para el cobro del impuesto a los Ingresos Brutos, que el ente recaudador bonaerense (Arba) aplica desde el 1° de abril sobre los depósitos bancarios.

El "ranking" de los reclamos más reiterados surge de las quejas que numerosos lectores han hecho llegar a este diario y que aportaron documentación. Y ante la consulta de este tipo de planteos, en Arba dijeron a este diario que la mayoría de ellos constituyen "retenciones mal aplicadas" y reiteraron, como ya se había informado ayer, que "se trabaja en una depuración del padrón de personas sujetas a retenciones que evitará estos errores" y que "todos los descuentos mal efectuados serán devueltos".

QUEJAS FRECUENTES

La queja más reiterada es la que señala que las retenciones se están aplicando sobre todos los depósitos, cualquiera sea su monto. Los lectores aportaron comprobantes de quitas efectuadas en depósitos de $300 en adelante.

Sin embargo, en Arba se indicó ayer que las retenciones deben realizarse sobre depósitos superiores a $1.000, rectificando el monto de $2.000 que, por error, se había informado anteriormente como piso. Y se afirmó que el dinero que corresponda a quitas sobre depósitos menores a $1.000 será reintegrado.

También hay reclamos por retenciones sobre depósitos en cuentas-sueldos y por transferencias de fondos desde ese tipo de cuentas a, por caso, cuentas de ahorro de una misma persona. Y, entre otras, se reiteran quejas porque se aplican retenciones a los fondos con que se pagan cuotas de préstamos bancarios, dinero éste que debe depositarse en cuentas que las entidades obligan a abrir, con ese fin, a los tomadores de créditos.

Ante las consultas, en Arba dijeron que en todos esos casos, de comprobarse que fueron tal como se los plantea, las retenciones "son indebidas" y serán devueltas a los titulares de las cuentas respectivas.

En ese marco, autoridades del ente recaudador reiteraron que "estos errores surgen del hecho de que el sistema comenzó a funcionar con el padrón mal depurado y con deficiencias en su estructuración". Y precisaron que esa tarea de "ordenamiento" culminará en el transcurso de este mes, de modo que los bancos puedan comenzar a trabajar con el padrón correcto a partir del 1° de junio. "Por lo tanto, mayo será todavía un mes conflictivo, en el que se cometerán algunos errores en las retenciones", admitieron.

También se indicó que las devoluciones que correspondan se concretarán "a partir de junio" y que los reclamos pueden presentarse a través de internet -www.arba.gov.ar- o en las delegaciones del ente (ex Rentas).

Voto Castigo, nuestra arma más poderosa

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Los días pasan, y no hay respuestas y menos soluciones, ni que hablar del reintegro de la platita, de esos pesitos, que ARBA haciendo la gran Coperfield, nos lo hicieron esfumar así como de "re depente". Los días siguen pasando y el 28 de junio se ve ya más cerquita, que tal si implementamos el "voto castigo", tal vez esta sea nuestra arma defensiva más poderosa, habría que probarla, ellos nos vacunaron de una y sin aviso, nosotros podemos devolversela en forma de sufragio, no voto en blanco ni tampoco inpugnado, votemos a cualquier otro candidato menos al oficialismo de la Provincia de Bs. As.

Por eso a vos te hablo, Ciudadano Bonaerense, víctima de la medida indiscrimada de ARBA, víctima del nefasto padrón de las Retenciones Bancarias, ARBA hace oído sordos a nuestros reclamos !!! entonces enchufale el voto en contra, hacele sentir el rigor del "voto castigo" nuestra más preciada arma. Pensalo, faltan pocos días, ya nos metieron la mano en los bolsillos, nos afanaron parte del sueldo, de nuestros ahorros, y eso no se perdona... todo lo contrario... se castiga con rigor.

Si sos de Capital, a vos también te toca...

Link para ver la nota original y sus comentarios: http://soycorresponsal.lanacion.com.ar/Nota.aspx?IdNota=3693
SOY CORRESPONSAL
Retenciones ARBA en cuentas Bancarias
Por Arielpg

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, realiza retenciones Bancarias a Ciudadanos de la Capital Federal y empleados en Relación de Dependencia.

ARBA, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, armó un padrón y lo envió a los Bancos para realizar Retenciones sobre los movimientos en las cuentas de personas que ellos consideran que pueden tributar en la provincia de Buenos Aires.

Estas retenciones han llegado inclusive a personas que viven en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y no poseen inmuebles, vehículos, embarcaciones y tampoco son monotributistas en la Provincia de Buenos Aires.

La respuesta de ARBA, a través de su 0800 es que es problable que las retenciones no correspondan y piden datos confidenciales y privados para evaluar retirar a estas personas del padrón, personas que no tienen porque dar ningun tipo de explicación a ARBA ya que no pertenecen al ámbito de la Provincia de Buenos Aires, pero sin embargo si no la envían no intentarán siquiera retirarlos del padrón.

Así y todo enviando toda esta información ( como resúmenes bancarios, etc.) ARBA no da una solución de inmediata y sigue realizando retenciones injustas a miles de ciudadanos que ven afectada cualquier devolución de promoción de supermercado, combustible, IVA , etc, a retenciones del 0,5 % en adelante para la Agencia de Recaudación.

Es claro y evidente que la Provincia de Buenos Aires está en una situación de emergencia económica, pero esta metiendo la mano en el bolsillo de miles de personas a las que no le corresponde y tampoco da ningún tipo de solución al tema, pese a que ellos mismos reconocen a través de sus líneas 0800 que es un error y que se empadronó equívocamente a miles de usuarios que no pertenecen a la Provincia de Buenos Aires.

Nota explicativa de cómo nos chupan la sangre (o bien leáse "cómo nos succionan el salario")

Extraída del blog de los abogados cuyo link es: http://www.abogados.com.ar/reforma-al-regimen-de-retenciones-bancarias-en-la-provincia-de-buenos-aires/3123

Por Carina Mermelstein
Estudio Pliner, Heker & Mermelstein

El régimen de retenciones bancarias está fijado en la Disposición Normativa Serie B 1/04 que sufrió múltiples modificaciones. Hasta ahora, las retenciones sólo podían practicarse sobre aquellas personas que fueran contribuyentes del impuesto de los ingresos brutos bonaerense y convenio multilateral. Con la modificación que introduce la RN 14/09, podrán ser objeto de retenciones todos aquellos contribuyentes de cualquier tipo de tributo que sea recaudado por Arba, siempre que estén incluidos en la nómina mensual que la propia Arba prepara y envía a los bancos.

La norma excluye de las retenciones a estos casos:
1) Sueldos en relación de dependencias, pensiones, jubilaciones, fondo de desempleo, préstamos dados por el banco, planes sociales y becas
2) La acreditación de intereses y la devolución de IVA (hasta ahora este concepto estaba gravado), de plazo fijo y de fondo común de inversión
3) Depósitos correspondientes a operaciones de exportación
4) Acreditaciones en cuenta de las empresa de cobranzas de servicios públicos y en relación a tales cobros
5) Pagos de siniestros
6) Depósitos judiciales

Pero si el sujeto no se encuentra comprendido en las exclusiones anteriores, se obliga a los bancos a retener hasta tanto el sujeto demuestre no estar comprendido en estos otros supuestos y no adeude ningún tributo provincial:
1) Estar exento por la actividad que desarrolla (no indica de qué impuesto debería estar exento pero al referirse a actividad se entiende que se refiere a ingresos brutos)
2) Expendedores de combustibles líquidos al público en forma exclusiva
3) Se trate de sujetos que realicen sólo las siguientes actividades: venta de billetes de lotería, venta mayorista y minorista de tabaco y cigarrillos, venta de productos agrícolo ganaderos efectuada por cuenta propia por los acopiadores, entidades financieras de la ley 21526, Cías de seguro y comisionistas/consignatarios/corredores y representantes.
4) Se trate de sujetos que exclusivamente desarrollen actividades no alcanzadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos.

Tengo que aclarar que esta nueva disposición que alcanza a sujetos de cualquier impuesto bonaerense estuvo en vigencia por un breve tiempo con la resolución normativa 105/2008 del 19/11/2008, pero sólo sufrían retenciones si se trataba de contribuyentes con alto interés fiscal en virtud de la cantidad de deudas que tenían. Es decir si no era sujeto de ingresos brutos, podía sufrir retenciones si debía otros impuestos en cantidad.

Además se previó en esa resolución que los importes retenidos que no se aplicaran a Ingresos Brutos se podían aplicar a las deudas que tuviera el contribuyente en otros impuestos. En el mes de diciembre de 2008 (9/12/08) se dictó la Resolución Normativa 120/2008 disponiendo que las retenciones las sufrirían los contribuyentes de ingresos brutos (directos y convenio multilateral) y los que revistieren alto interés fiscal, derogando el artículo que autorizaba la aplicación de saldos para pagar otros impuestos. Con la resolución 14/09 la norma generaliza y abarca a los sujetos alcanzados por los tributos respecto de los cuales la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires resulta autoridad de aplicación.

Es decir que, con esta nueva norma, aunque se trate de una persona que esté exenta o no alcanzada por Ingresos Brutos, pero tenga un automotor o un Inmueble en la Provincia, puede ser incluido por Arba en la nómina y sufrir retenciones, tenga o no deudas. Después el retenido tendrá que hacer el respectivo trámite de devolución y exclusión ante Arba pero hasta que dicho Organismo dicte la decisión respectiva continuará sujeto a la retención.

Con el siguiente agravante: Las retenciones sólo pueden tomarse como pago a cuenta de Ingresos Brutos.A los efectos de poder tomar las retenciones sufridas como pago de otros tributos, debe acreditarse la existencia de saldo a favor en el Impuesto a los Ingresos Brutos.

Y si el sujeto alcanzado no es contribuyente de Ingresos Brutos, se verá impedido de poder acreditar tal extremo.

Ojo !!! que existe una nueva formar de que te roben el sueldo...


Hola, me presento, soy Claudio, empleado administrativo desde hace más de 15 años, tengo 46 años, yo llevaba una vida tranquila, hasta que de pronto un día descubrí (al igual que varios cientos de miles de laburantes argentinos) que alguien... me estaba robando el sueldo ! ! !. Primero fue sorpresa, luego desconcierto y ahora se convirtió en una gran indignación, por eso recurrí a crear este Blog, con el propósito de que ahunar fuerzas, porque no podemos dejar que nos metan la mano en el bolsillo con tanta liviandad.
Que sepa este "adorador de lo ajeno" que EL SUELDO NO SE TOCA.
Ahhh, por si todavía no lo descubrieron, el que nos está rapiñando se llama: A. R. B. A.
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